BUENOS AIRES, agosto 9:
Ambas provincias pusieron a disposición de la entidad nacional los
productos sin gluten que aprobaron para su comercialización. La medida
se da en el marco de la ley de cobertura nacional aprobada en abril.
Satisfacción de las organizaciones de defensa de los pacientes.
Según informó la ANMAT mediante un comunicado, en este listado “se ha incorporado, por primera vez, la totalidad de la información contenida en las bases de datos de alimentos libres de gluten de las provincias de Buenos Aires y Santa Fe, como así también los datos de los alimentos sin TACC autorizados por las todas las jurisdicciones bromatológicas del país”.
Este listado integrado facilita el acceso a la información pública por parte de los profesionales de la salud y de los ciudadanos, y está disponible desde agosto de 2012. Para acceder a dicha información, basta con hacer click en el banner situado en el sector derecho de la página de la entidad sanitario nacional (www.anmat.gov.ar).
“Queremos agradecer a todas las jurisdicciones los aportes realizados y la constante colaboración que prestan para la permanente actualización de la información”, sostuvo la ANMAT.
Cabe recordar que la aprobación de los alimentos de elaboración nacional se realiza en las provincias correspondientes. El ingreso de un producto “libre de gluten” al listado, implica que la empresa fabricante ha presentado un análisis para avalar la condición de “libre de gluten”, con reconocimiento oficial, así como un programa de buenas prácticas de fabricación que garantiza la ausencia de contaminación cruzada en el producto final, y que ha sido auditado por la autoridad jurisdiccional que registra el producto.
Sin perjuicio de ello, las autoridades competentes pueden realizar inspecciones y muestreos, a modo de control, para verificar el cumplimiento por parte de las empresas.
En tanto, entidades de defensa de los derechos de los celíacos festejaron esta medida, en el marco de la ley promotora de estos derechos. El Grupo Promotor de la Ley Celíaca “celebra el dictado de la resolución en el marco de la reglamentación de la Ley 26.588”. entre las medidas, las obras sociales , empresas de Medicina Prepaga y todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados, “la obligatoriedad de cubrir con un monto de 215 peros mensuales” para una dieta libre de gluten (DLG) de las personas con enfermedad celiaca”.
“Si bien sabemos que esta resolución significa el reconocimiento pleno de los celíacos como sujetos de derecho, desde el GPLC expresamos que dicho monto no puede ser interpretado como un tope sino como un piso, a partir del cual las entidades deben realizar la cobertura”, concluyó la entidad.
DESCARGA: Listado completo de alimentos que las dos jurisdicciones entregaron a la ANMAT.
DESCARGA: Listado completo de MEDICAMENTOS libres de gluten.
Fuente: www.miradaprofesional.com
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